DERECHO ROMANO
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Mensaje  fernanda martinez Dom Sep 25, 2011 12:29 pm

Senado

Estaba compuesto por los patricios que recibían el nombre de patres y de plebeyos que recibían el nombre de conscripti.

El senado existió siempre y era inherente al pensamiento romano. La característica más relevante del senado fue su continuidad histórica. Era un órgano colegiado con reuniones consultivas y deliberantes. Durante los s. III y II a.C. creció la importancia del senado debido sobre todo a la anualidad de la magistratura. El senado fue la magistratura más estable de la vida constitucional romana.
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El cargo del senado era vitalicio. Al principio admitía sólo patricios y luego también a los plebeyos. La lex ovinia le confirió al censor el nombramiento de los senadores. Para ello su nombramiento se acostumbraba seguir el cursus honrum por lo que esa función del censor pasó a ser mecánica.

Dentro del senado, primero daban su opinión extensores, después excónsules y así siguiendo el orden jerárquico del cursus honorum. Entro de esas competencias se tenían en cuenta la pertenencia a clase patricia y la ancianidad. Dentro del senado se produjo una distinción:

- Senadores por derecho propio.
- Senadores que tenían acceso al senado por haber desempañado una magistratura. Tenía derecho a asistir a las reuniones del senado pero no tenía derecho de voto.

Los senadores tenían grandes privilegios social político pero también ciertas limitaciones:

- No podían contraer matrimonio con mujeres de clase inferior a la suya.
- No podían ejercer el comercio.

El número de senadores fue en principio 100, después 300. En la época de César llegó incuso a 900 pero el número normal era 300. Había distintas formas de ser senador:

- Elección del censor.
- Elección indirecta del pueblo a desempeñar una magistratura.
- Elección del senado.

Forma de dejar de ser senador:

- Renuncia.
- Aplicación de la nota censoria.
- Pérdida de la ciudadanía.


Funciones y competencias del Senado

Interregnum

Designación de un senador como magistrado supremo por carácter temporal con el nombre de interrex. En un principio, el interrex se elegía entre los patricios; después entre todos los miembros del senado. Por último entre los que hubiesen ostentado una magistratura patricia y curul.

Auctoritas Patrum

Facultad para rechazar las decisiones de las asambleas populares. En un principio se prestaba después del acuerdo de los comicios. Más tarde se dictó una ley, lex publilia Philonis de patrum auctoritates (339 a.C.), estableció que la auctoritas debía presentarse
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antes la votación de los comicios convirtiéndose en una propuesta de voto. En el apogeo de la República la auctoritas patrum se convertiría en una probación formal.

Consultum

Era la petición de la opinión del senado acerca de un asunto realizada por un magistrado. Nunca fue considerado vinculante pero existían medios indirectos para obligar al magistrado a seguir la opinión del magistrado como negarle los fondos necesarios para interrumpir sus proyectos, o pedir a algún Tribuno que impusiese la intercessio a un magistrado.

Política exterior

- Recibía a las embajadas extranjeras, realizaba acuerdos y enviaba legados.
- Para la declaración de guerra o para la firma de un Tratado de Paz se contaba con la opinión del senado.

Mando militar

- Distribuía el imperium militiae.
- Enviaba legados como ayudantes de los generales en campaña.
- Coordinaba las operaciones militares cuando había varios frentes.
- Reclutaba las tropas.
- Financiaba los gastos militares.

Política provincial

- Asignación de las provincias.
- Ejercía el control sobre los gobernadores de las provincias.

Administración del Estado

- Controlaba la aerarium y autorizaba su utilización.
- Compraba y vendía los bienes patrimoniales del Estado.
- Establecía el importe de los impuestos.
- Acuñación de monedas legales dentro de Roma.
- Controlaba ciertos productos del mercado.
- Decidía el nombramiento del dictador.
- Adoptaba medidas excepcionales para la Salud Pública.
- Llamaba a todos lo ciudadanos a las armas, llamado tumultum.
- En momentos de graves crisis el senado dictaba el senatus consultum ultimum; autorizaba a los magistrados a adoptar medidas excepcionales para el establecimiento de órdenes.


fernanda martinez

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